Por Aurora Sepúlveda, CEO de Más Contabilidad y Escuela de Negocios y Consultores
Si recibes transferencias frecuentes en tu cuenta bancaria, probablemente has escuchado hablar de la famosa regla de las "50 transferencias". Y aunque durante meses han circulado todo tipo de rumores en redes sociales, el Servicio de Impuestos Internos (SII) acaba de entregar una cifra que muestra la magnitud de esta medida.
Según la Cuenta Pública 2026 del organismo, el SII ya cuenta con información de más de 188 mil RUT a través de la Declaración Jurada 1959, mecanismo mediante el cual bancos y otras instituciones financieras informan determinadas cuentas que superan los umbrales establecidos por ley. Además, la institución señala que dispone de antecedentes sobre más de 87 millones de abonos y movimientos que involucran montos superiores a $11,2 billones.
¿Qué son las "50 transferencias"?
La norma nació con la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y busca detectar actividades comerciales que operan de manera informal. Para eso, diversas instituciones financieras deben reportar al SII las cuentas que:
Reciben 50 ó más abonos de personas distintas en un mismo mes
O que reciben 100 ó más abonos de personas distintas dentro de un semestre
Pero aquí viene la aclaración más importante: superar ese límite no significa automáticamente que debas impuestos ni que serás sancionado.
Lo que muchas personas aún no entienden
El propio SII ha reiterado que la información recibida se utiliza para identificar posibles actividades económicas no declaradas. Es decir, el foco está en quienes venden productos o prestan servicios de manera habitual sin iniciar actividades o sin cumplir correctamente sus obligaciones tributarias.
Por eso, recibir transferencias por razones personales normalmente no debería generar problemas. Por ejemplo, si tu caso se enmarca en situaciones como las siguientes:
Dividir gastos familiares
Juntar dinero para un regalo
Organizar actividades solidarias
Compartir gastos de viaje
Recibir aportes entre amigos o familiares
Estos casos no constituyen, por sí solos, una actividad comercial.
¿Quiénes podrían estar en la mira?
Principalmente personas que:
Venden productos de manera frecuente por redes sociales
Realizan emprendimientos sin formalizar
Prestan servicios de forma habitual y reciben pagos por transferencia
Emiten pocas o ninguna boleta pese a tener ingresos recurrentes
En otras palabras, la preocupación no debería estar en la cantidad de transferencias, sino en si esos ingresos corresponden a una actividad económica que debe declararse.
¿Debes revisar tus movimientos?
Sí, especialmente si tienes ingresos recurrentes provenientes de ventas o servicios. Una buena práctica financiera es preguntarse:
¿Estoy vendiendo productos regularmente?
¿Estoy prestando servicios de forma permanente?
¿Tengo iniciación de actividades?
¿Estoy emitiendo las boletas correspondientes?
Si la respuesta es sí a las primeras preguntas y no a las últimas, podría ser momento de regularizar tu situación.
El mensaje de fondo
La cifra de 188 mil RUT demuestra que el SII ya está utilizando activamente la información recibida desde las instituciones financieras.
El objetivo es reducir la informalidad y lograr que quienes desarrollan actividades comerciales habituales compitan en igualdad de condiciones y cumplan las mismas reglas tributarias. Por eso, más que preocuparse por llegar o no a las 50 transferencias, la pregunta relevante es otra: ¿los ingresos que recibes corresponden a una actividad económica que debería estar formalizada? Porque hoy, más que nunca, el SII tiene acceso a esa información.
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