Irá dirigido a establecimiento que venden alimentos como restaurantes, cafeterías, cocinerías y otros locales que sirvan comida preparada o bebestibles, los cuales deberán ofrecer productos reutilizables.
Si realizas delivery, deberás entregar alternativas por ejemplo, aluminio, papel o cartón, inclusive, una buena opción el será pedir a los clientes que si retiran en el local y llevan su propio taper, podrías dar un pequeño descuento.
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Para algunos productos estarán permitidos los plásticos certificados.
También regulará las botellas plásticas, estableciendo que todos los supermercados, almacenes y minimarkets, en su venta presencial y electrónica, deberán ofrecer y recibir botellas retornables. Por su parte, las botellas desechables solo estarán permitidas si contienen material reciclado recolectado en el país y en porcentajes que aumentarán progresivamente.
Esto comenzará a regir cuando se publique en el diario oficial y pasen 6 meses.
los establecimientos de expendio de alimentos, como restoranes, cafés y bares, no podrán entregar cubiertos, bombillas, revolvedores y palillos de plástico, mientras que los utensilios de plumavit tampoco podrán ser utilizados en dichos lugares. Luego, a los tres años, los establecimientos de expendio de alimento tendrán la obligación de utilizar productos reutilizables cuando el consumo sea fuera de los locales y entregar para el consumo fuera de ellos, productos desechables de materiales distintos al plástico o plástico certificado.
Para la botella retornable, a los seis meses, todos los supermercados deberán vender y recibir botellas retornables, obligación que a los dos años se extenderá a almacenes y tiendas de conveniencia. Finalmente, a los tres años, el porcentaje de exhibición de venta de la botella retornables no podrá ser inferior a un 30%.
La normativa también será aplicable dentro de las dependencias de los organismos públicos.
Fuente: mega.cl
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