RECUERDA: NO SE PUEDE TRABAJAR MÁS DE 6 DÍAS SEGUIDOS
Ni exceder las 10 horas diarias.
Según el Código de Trabajo, la jornada laboral es de 45 horas semanales (aún no hay avance con el proyecto de 40 horas ) y NO se pueden distribuir en menos de 5 días ni más de 6 días.
Por tanto, está prohibido que el empleador obligue a trabajar más días, ya que todo trabajador tiene derecho a un día de descanso en la semana.
OJO que hay excepciones a muuuchas indicaciones laborales, como a los trabajadores de:
- Transporte
- Tripulantes de barcos
- Sin fiscalización inmediata
Y otros más.