¿Qué personas están obligadas a llevar el Libro de Remuneraciones y qué datos deben ser registrados en él?

¿Qué personas están obligadas a llevar el Libro de Remuneraciones y qué datos deben ser registrados en él?

Las personas que están obligadas a llevar el Libro de Remuneraciones son aquellos empleadores con cinco o más trabajadores, y deberán registrar el nombre y apellido del trabajador, remuneración imponible, no imponible y remuneración total.

En el Libro de Remuneraciones se podrán consignar otros antecedentes, como, asimismo, las remuneraciones desglosadas por rubros, ítems o partidas más detalladas, debiendo, en todo caso, asentarse en forma separada las remuneraciones imponibles de las que no lo son y de la remuneración total, todo ello según lo dispuesto en el Decreto N° 375, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.