¿Qué es?
Es un proyecto que busca agilizar los procedimientos en contra de quienes no paguen el arriendo, no cancelen los servicios básicos o realicen daños a las propiedades alquiladas. La idea es poder desalojar a quienes cometan estas infracciones en un plazo no mayor a los 10 días.
¿Cuáles son los puntos claves del proyecto de ley?
- Punto 1: Queda prohibido el subarriendo, a menos que quede estipulado en el contrato. Así, se facilita el proceso judicial, ya que la notificación tanto al arrendatario como a subarrendatario suele retrasarlo
- Punto 2: Se establecerán las condiciones mínimas para que una propiedad o una habitación se pueda arrendar. Los arriendos abusivos podrán denunciarse al juez de policía local, quien podrá aplicar multas.
- Punto 3: Se determina en el proyecto un plazo de 10 días para que el juez dicte sentencia desde la última audiencia. Esto, dado que actualmente la Ley de Arriendo no establece plazos.
- Punto 4: Actualmente, si se visita un domicilio y el demandado no está, se debe realizar una segunda visita sin recibir respuesta para notificar la demanda. Con la nueva ley, se podrá dejar el documento en la primera visita si es que el habitante no está en el domicilio, agilizando el proceso.
- Punto 5: Si el demandado no asiste a la citación al juzgado, se considera que éste admite la culpabilidad de las acusaciones (el demandado se da por confeso). Actualmente, se deben realizar varias citaciones para que el demandado, estando presente, responda a cada una de las acusaciones en su contra.
- Punto 6: El demandante podrá pedir al Tribunal que oficie a las empresas de servicios de que existe un juicio de arrendamiento y que el responsable de pagar es el demandado y no el dueño de la propiedad. Esto, con respecto a las cuentas de servicios básicos: agua, luz, gas, etc.