Paso por aquí para que recordemos que la licencia médica certifica que te encuentras con algún problema de salud, este documento indica el tipo de reposo que debes hacer (total o parcial), la enfermedad (esta info solo la ve ISAPRE o COMPIN) y por cuanto tiempo debes mantenerlo. La licencia médica la puede extender un médico, un cirujano dentista o una matrona dependiendo del diagnóstico. Si tienes un accidente laboral te debes atender en la mutual que tu empleador esté afiliado.
Para que te paguen todos los días de la licencia, ésta debe ser al menos de 11 días corridos. Si es menor a ese tiempo, pierdes la remuneración de los 3 primeros días de licencia, es decir, si tu licencia es por 5 días, te pagarán sólo el cuarto y el quinto día. Si es por 11 días, te los pagarán todos, salvo que tu empresa tenga un convenio o beneficio con sus trabajadores, para pagar los 3 primeros días y así no pierdes nada. Por lo general esto lo negocia los sindicatos por medio del contrato colectivo.
También debes tener en cuenta que te pagarán la licencia con respecto a tu base imponible, por ejemplo sueldo base, no contempla la gratificación legal que otorga tu empresa. El pago de la licencia tiene un tope de UF 80,2 uf. (2.200.000, aprox). Si tu base imponible es mayor, te pagarán sólo hasta dicha cantidad.