LEY DEVUÉLVEME MI CASA: ¿QUÉ SE NECESITA PARA DESALOJAR A ARRENDATARIOS MOROSOS?

LEY DEVUÉLVEME MI CASA: ¿QUÉ SE NECESITA PARA DESALOJAR A ARRENDATARIOS MOROSOS?

LEY DEVUÉLVEME MI CASA: ¿QUÉ SE NECESITA PARA DESALOJAR A ARRENDATARIOS MOROSOS?

Desde el año pasado que se reforzaron los derechos a los arrendadores.

La ley N° 21.461 consiste en agilizar el proceso de desalojo de personas que no pagan sus deudas relacionadas con el arriendo de una propiedad, considerando cuentas como gastos comunes, de consumo o renta.

¿Cómo es el procedimiento?

  • Si se busca que la persona pague las deudas, se podrá demandar y se solicitará el pago en un plazo de hasta 10 días corridos. Si esto no se cumple, el deudor y los demás ocupantes (si hubiera) tendrán que desalojar dentro de 10 días corridos después de recibir la notificación.
  •  En el caso de pedir la devolución de la casa, primero se tendrá que denunciar y solicitar la restitución del inmueble, cuando se aplique algunas de estas razones: se haya terminado el contrato, si existe alguna destrucción parcial de la casa o que la propiedad esté inutilizada por la falta de cuidado de la persona que arrendó. Acá el juez puede solicitar el desalojo anticipado y pedir el uso fuerza pública (solo si es necesario).

Ojo que esta ley también aplica si hay una ocupación ilegal o "toma" de la propiedad.

¿Qué sucede si la persona morosa paga la deuda dentro del plazo?

  • Se termina el procedimiento del cobro, pero esto debe considerar el pago del monto total, incluido intereses.

Recuerda que para estos casos necesitas asesoramiento con un abogado!