Por Aurora Sepúlveda, CEO de Más Contabilidad y Escuela de Negocios y Consultores
El Servicio de Impuestos Internos informó una medida excepcional asociada a las zonas afectadas por los incendios recientes.
Queremos aclararte exactamente en qué consiste y a quién aplica.
Se otorgó condonación automática de intereses y multas por atraso en la declaración y/o pago de:
Formulario 29
Formulario 50
correspondientes a los períodos tributarios:
Diciembre 2025
Enero 2026
Hasta el 28 de febrero de 2026
Declarando dentro de este plazo, no se aplican multas ni intereses.
No
La condonación es automática
Aplica solo al declarar por internet en el SII
Se valida en línea al momento de enviar el formulario
Este beneficio NO amplía los plazos generales “a todo evento”.
NO puedes cambiar ahora tu dirección en el SII para acceder al beneficio.
El SII valida la casa matriz registrada al momento de la catástrofe.
Cambios de domicilio fuera de proceso pueden bloquear la emisión de documentos tributarios, y sin factura no hay pago.
A contribuyentes que tenían su casa matriz registrada en alguna de estas comunas al momento de la catástrofe:
Región del Ñuble
• El Carmen
• Quillón
• Coelemu
• San Ignacio
• Pinto
• San Fabián
• Coihueco
• San Nicolás
• Ránquil
Región del Biobío
• Laja
• Florida
• Concepción
• Penco
• Tomé
• Coronel
• Santa Juana
Base legal: Resolución Ex. SII N° 14
Si quieres revisar el texto oficial completo, puedes hacerlo aquí.
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