¿Qué significa feriado irrenunciable?
Se entiende como feriado irrenunciable aquel día donde un trabajador no debe laborar por ningún motivo, ya sea porque se celebra alguna festividad nacional o internacional. Por lo que nisiquiera está permitido pactar algún acuerdo para trabajar ese día.
El Código del Trabajo establece que “los días domingos y aquellos que la ley declare festivos serán de descanso, salvo respecto de las actividades autorizadas por ley para trabajar en esos días”.
¿Quiénes pueden trabajar en los feriados irrenunciables?
Todos aquellos que tienen un restaurante, club nocturno, supermercados o establecimiento de entretenimiento como cine, discos o un circo, aeropuertos, casinos de juego, farmacias de turno o urgencia, trabajadores de expendio de combustibles y otros lugares legalmente autorizados, pueden laborar durante estos feriados.
¿Cómo se pagan los feriados?
1. Tienes que calcular el valor de las horas ordinarias del mes, por ejemplo $300.000
2. Teniendo este valor, divides el sueldo entre 30 días (el mes) y luego multiplicas el resultado por 7
3. Finalmente divides entre las horas a la semana que establece el contrato (45 horas).
$300.000 ÷ 30= $10.000 x 7= $70.000 ÷ 45 = $1.555,56
Este sería el valor de la hora diaria, pero si quieres saber cuánto vale la hora extra, tendrás que multiplicar por 1,5:
$1.555,56 x 1,5 = $2.333,34
Por lo tanto $2.333,34 sería el valor de la hora extra que tendrás que pagarle a tu trabajador por trabajar estos días.
¿De cuánto es la multa si un comercio no autorizado abre?
Si decides abrir tu negocio y por ley no estás autorizado, corres el riesgo de pagar una multa desde 5 a 20 UTM, que equivalen a $267.380 y $1.069.520.-
La multa varía en función a la cantidad de trabajadores que tenga la empresa:
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5 UTM: Entre 1 a 49 trabajadores
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10 UTM: Entre 50 a 199 funcionarios
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20 UTM: 200 o más trabajadores
Agiliza tu gestión y disminuye el margen de error!.