El bono de 500.000.- más conocido como Bono de clase media que se otorgó el 2020, en el período más duro de la pandemia, se otorgó a personas que tuvieran una reducción del 20% de sus ingresos producto de la crisis. Este podía ser de hasta 500 mil pesos y los beneficiarios debían ingresar sus datos en el SII, llenar un formulario medianamente propuesto y desde ahí se efectuaba el depósito por tesorería.
Muchas personas lo obtuvieron cumpliendo los requisitos, pero otras también lo solicitaron sin contar con lo requerido, debido a un error en el sistema, malversación de información o errores de comprensión de lectura o cálculos, que como todos los beneficios estatales, se generaron cruces de información tiempo después. Dado este contexto, el Servicio de Impuestos Internos ( SII) delimitó un plazo de devolución, que se cumplió en marzo de 2021. Quienes aún no efectúan este proceso, se exponen a multas, intereses e, incluso, a embargo de bienes.
Si quieres liquidar esta deuda en una cuota, debes ingresar al sitio habilitado por la Tesorería General de la República (TGR), ir a "Mi Cartola Fiscal” e ingresar tus datos (con clave tributaria o bien clave única). Ahí conocerás si tienes o no deudas. puedes llevarte sorpresas si debes contribucionesm, impuestos u otros
Desde la TGR han informado, además, que permitirán el reembolso del bono en cuotas mensuales a través de un convenio. Que por supuesto idealmente no lo dejes de pagar, para evitar embargos.
En materia patrimonial siempre es posible embargar bienes respecto de cualquier obligación de orden patrimonial. En este caso, como la gran mayoría de los beneficios estatales, que inclusive en el subsidio pyme lo indica, que se efectuará el reintegro de dinero si no cumple con los requisitos y tesoreria deposita. El embargo puede ser a una cuenta bancaria a nombre del deudor, viviendas ( dependiendo si es o no vivienda social de emergencia, devoluciones de impuestos y más, en la regla general es que todos los bienes pueden ser embargados.